Permisos Temporales
Lunes, 15 Septiembre 
Salvo casos muy excepcionales, las únicas personas que pueden recibir permisos temporales son aquellos que presentan al Servicio de Inmigración y Naturalización una solicitud de “Ajuste de Status” por ser familiares directos (esposos, esposas e hijos) de ciudadanos norteamericanos o por otras categorías y que ya están muy cerca de la fecha de su “cita migratoria”.
Otras personas que ya se encuentran en proceso de deportación también podrían presentar un solicitud. Consulta a tu abogado sobre la posibilidad de que tu situación personal pueda incluirse en esta posibilidad
